tag:blogger.com,1999:blog-8025552836690838441.post4889687576489986467..comments2024-03-15T13:15:11.655+01:00Comments on No atendemos después de las dos: Las famosas (e inexistentes) diligencias telefónicas.Albertohttp://www.blogger.com/profile/11925385884880719344noreply@blogger.comBlogger2125tag:blogger.com,1999:blog-8025552836690838441.post-63733012597488574282012-08-08T08:53:24.437+02:002012-08-08T08:53:24.437+02:00Gracias por los comentarios y respondiendo a la úl...Gracias por los comentarios y respondiendo a la última cuestión: no hay nada parecido en los órdenes Penal y Contencioso y, en el Social la famosa jurisprudencia contradictoria de dos TSJ permite unos vaivenes sorprendentes. <br /><br />Y en cuanto a las "estupendas" diligencias de constancia del orden penal guardo prudente silencio.<br /><br />Un saludo.Albertohttps://www.blogger.com/profile/11925385884880719344noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-8025552836690838441.post-3775935062137123322012-08-07T21:11:14.661+02:002012-08-07T21:11:14.661+02:00Si me permites querría dejar dos notas.
1) Una de ...Si me permites querría dejar dos notas.<br />1) Una de la que he sido testigo directamente es la de "diligencias de constatación telefónicas" cuando la videoconferencia no funciona correctamente pero el Juez es muy formalista con la presencia del Fiscal sea presencial o sea por videoconferencia (hablo esencialmente de cuando o no funciona la videoconferencia o resulta que te llama un juez sustituto al que le han pasado un domingo por la tarde un detenido en un pueblo [Gooool de Señor]).<br />2) En todo caso y bromas a un lado, en la reciente sentencia condenatoria de un Juez sevillano de familia se puede observar como el TS una de las conductas que le achaca es la de firmar él mismo una "diligencia de constancia" como que el fiscal informó tal. Pero precisamente para garantizar la fe pública tiene que darla un tercero imparcial con la causa y con la resolución del asunto y ese, evidentemente, es el Secretario Judicial y no el Juez. Agrego este blog a mi lista de favoritos.<br />Por cierto y ya perdonarás que meta otro tema; leí en otro post las causas de inadmisibilidad de las casaciones civiles pero no he visto las de los otros 3 órdenes jurisdiccionales en cuanto a acuerdos de pleno no jurisdiccionales; ¿sabes si tales acuerdos existen en las otras 3 jurisdicciones? Lo digo porque tuve que estudiarme la contenciosa pero en su caso viene en 2 autos que luego han reiterado o al menos es lo que yo he conseguido encontrar sobre esa. SaludosJuan Antonio Frago Amadahttps://www.blogger.com/profile/04418656970469580573noreply@blogger.com